RESOLUCIÓN (SIyDP) 269/2023
Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs: se difiere el plazo para que las empresas excluidas del universo de “empresas grandes” dejen de ser sujetos obligados del Régimen
Se establece con carácter de excepción que las empresas que resulten excluidas del universo de “Empresas Grandes” durante el año 2023 -en virtud de la actualización anual de los montos de facturación dispuesta por RG (AFIP) 4367, art. 2- dejarán de ser sujetos obligados al “Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, a partir del primer día hábil del mes de agosto posterior a dicha publicación.
El motivo de este diferimiento es otorgar un mayor plazo para adecuar los sistemas informáticos, de administración y de pagos, para el correcto funcionamiento del Régimen.
BOL. OFICIAL: | 04/07/2023 |