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Estudio Frydman & Asociados

AFIP actualizó los montos a partir de los cuales los bancos deben informar los consumos y movimientos en las cuentas de sus clientes

AFIP actualizó los montos a partir de los cuales los bancos deben informar los consumos y movimientos en las cuentas de sus clientes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas y tarjetas de las y los contribuyentes.

Las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas. La última actualización se había realizado en 2018, según señala la AFIP en un comunicado.

La Resolución General 5138, incrementa de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo eleva de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

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